Fechas interesantes: En el año 1162, el Rey Don Sancho el Sabio hizo donación al real Mº Nuestra Señora de la Oliva de la Villa de Carcastillo con toda amplitud, y, específicamente, cum pratis, pasquis, et aquis,( hierbas, pastos y aguas). Y confirmó esta donación el Rey Don Sancho el Fuerte, su hijo, y varios reyes de Aragón.
Año 1319, de orden del Gobernador de Navarra, se comprometieron los de Carcastillo a lo que el Abad de la oliva, Don Martín Ximénez de Aibar, determinase en los puntos, que controvertían con el Monasterio; y para que mejor pudieren pagar la crecida Pecha, que hacían a este, dispuso que, en las hierbas comunes de la Oliva y Carcastillo anduviesen, y pastasen todos los ganados del Monasterio y los de los vecinos de aquella villa, sin limitación, dando facultad a esta para vender yerbas para dar mil cabezas y al Monasterio para mil.
Año 1359: Se ofrecieron algunas dudas entre los oficiales del Rey y los del Monasterio, sobre la jurisdicción de la Villa de Carcastillo, en atención a la donación, referida del rey Don Sancho el Sabio; y el Rey D. Carlos- primero por su cédula, confirma aquella y señala que su Majestad tiene en dicha villa la alta justicia, y el Abad y Monasterio, todo otro señorío, nominación de Alcalde a su Arbitrio, homicidios, medios homicidios, emolumentos civiles de ella; y que , si por el Rey o el Gobernador fuese conocido haber confirmación de bienes, en tal caso los muebles serán del Rey, y las heredades del dicho Abad y Convento. (Esta cédula se halla expuesta en debida forma en el Archivo de la Cámara de Comptos Reales de este Reino. (A.G.N.).
Año 1459: Habiéndose minorado notablemente el número de vecinos de Carcastillo, y quedado sólo en él, de 20 a 25 habitantes, no pudiendo pagar las pechas antiguas, se comprometieron el Monasterio y Carcastillo, en las personas de Mosen Martín de Peralta y D. Ximeno de Milagro, Chantre de la Colegial de Tudela, quienes, en su sentencia, remitieron a los de Carcastillo, 2000 caíces de pan metadenco, 4000 sueldos sanchentes, 130 libras carlinas, todo de atrasos. Rebajaron la pecha de pan a 260 robos de pan metadenco, quedando el Monasterio defraudado, en cada un año, en 340 robos, de 500 sueldos sanchetes y de 14 libras de cena perpetua, todo en la pecha.
Para satisfacción de tan eminente pérdida, en pan y dinero, se dio facultad al Monasterio en la misma sentencia para vender las hierbas y aguas de los Comunes arriba expresados, dejando a cada uno de los vecinos de Carcastillo Hijosdalgo, el goce con 600 cabezas de ganado menudo, y doce de mayor; y al vecino labrador con 500 de menudo y 10 de mayor, con la precisa condición de que fuese todo ganado propio de cada vecino, no a censo, tributo , ni otro modo, que fue lo mismo que volver al Monasterio, para satisfacción de sus pechas, los goces que franqueó para que mejor pudiesen pagar estas a los vecinos de Carcastillo en la sentencia del Abad Aibar: y, en esta de Peralta de que se trata, tomó el Monasterio en recompensa de la considerable rebaja de las mismas pechas, lo que mejor se hallaba en Carcastillo, que era poder vender yerbas, y aguas; aunque a costa de tan gran disminución de pechas anuales y remisión de retrasos, Así mismo quedó al Monasterio la facultad de , a solas, de poner todos los guardas para dichas yerbas y de carnerear a cuantos entrasen a pastarlas, sin su licencia.
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