En nuestro pueblo, ...a raíz de una ley dada , en la segunda mitad del Siglo XIX, sobre libertad de Asociación, hacia el año 1868, comenzaron a surgir , a partir de 1910, diferentes Asociaciones,( Casinos, Sociedades de Baile, etc…), con permiso del Gobierno Civil, previa presentación de Estatutos y Reglamento,( normas y funcionamiento), con su Presidente y Juntas respectivas,?……
-Estas Asociaciones, desde 1900-- a 1940, con sus domicilios respectivos, pasaron de 35.
ASOCIACIONES EN CARCASTILLO (1900-1940...).( Archivo General de Navarra).
ASOCIACIONES EN CARCASTILLO (1900-1940...).
Sociedad “La Unión”:
Casino titulado “La Unión”, con domicilio en Calle de la Plaza, casa sin nº, donde vive Miguel Echegoyen.
Fin: Honesto recreo de los socios.
Nº de socios: Ilimitado, lo que permita el alquiler del local a Miguel Echegoyen.
Requisitos:
- Ser honrados.
- Tener modo de vida conocido.
- Contar con la mayoría de los socios existentes. (Votación secreta).
Sólo se permitirá la entrada al local a los socios y a los forasteros que estos lleven.
La Junta , la formarán un Presidente y 4 vocales, y uno de estos será el Secretario.
No hay cuenta de entrada, hay cuota mensual, ( 50 céntimos de pta. para el alquiler del local= 15 ptas. al mes).
El dueño del local, servirá el café a los socios, sin que los socios tengan que ocuparse del menaje, cobrándoles el gasto que hagan, al tenor de otro establecimiento análogo.
Se prohibe de una manera absoluta el hablar de Religión y Política en la Sociedad, y quedan prohibidos los juegos ilegales.
El socio está obligado a guardar la debida compostura y respeto a los demás. A la primera falta, será amonestado por el Presidente, si la falta no es grave, y si es grave, podrá ser despedido de la Sociedad, en Junta general, por mayoría de votos.
Se permitirá la estancia de los socios en el establecimiento hasta las 12 de la noche, en todo tiempo.
Si al dueño del establecimiento no le conviene continuar, deberá ponerlo en conocimiento de la Junta Directiva, al menos con 15 días de antelación.
Carcastillo, 12 de abril de 1902.
Socios Fundadores: Urbano Teus, Prudencio Viloche, Fortunato Garde, Isidoro V., Vicente Echegoyen, Victor Cavero, Escolástico Jiménez. (17-4-1902).
Año 1903: Constitución de la Junta Directiva
Presidente: Pedro Labari
Vicepresidente: Eusebio Jiménez
Vocales: Pedro Miguel, Julián Valdemoros.
Vocal Secretario: Victor Cavero.
Depositario: Silverio de Miguel.
Sociedad Familiar(Año 1907)
Domicilio: Calle de la Plaza s/nº, donde vive D. Juan de Rabiza.
Las mismas condiciones que la Sociedad “La Unión”
Socios fundadores: hector Cavero, Paulino Garde, Justo Roncal, Emeterio Celayeta, Domingo Berruezo, Felepe Barrena, Pedro Cifuentes, Babil Salvo, Alejandro San Martín, Juan Esténoz, Angel Ruiz, José Gay, Victor Pérez, Pedro Salvo.
SOCIEDAD DE CAZA:
Domicilio: Calle Mayor, nº 53, ( al final), Uno de los salones de casa de Evaristo Miqueleiz.
Finalidad: “ Fomentar el desarrollo de la caza, tan azotada hoy”.
Habrá una Junta General, representando a los socios.
Habrá un Consejo de Administración:
Presidente: José Mª Arbeloa.
Vicepresidente: Carlos Miqueleiz.
Vocales: Vicente Garde, Bruno Esténoz, Salustiano Alfaro.
Secretario: Juan Arbiza.
Hay un Reglamento para el régimen interior de la Sociedad (1-3-1907), para diez años, de momento, firmado por los antes citados más Maximiano Iturralde, Benito Garde, Miguel Urrutia, Francisco San Martín, Babil Alfaro, Babil Ezpeleta.
SOCIEDAD” LA ESPERANZA”( 21-12-1913).
Acta de Constitución de la primera Junta Directiva.( 4-9-1909). ( Fotocopia, pg 1).
El 26-12-1925, consta como vocal de la Junta, Marcelino Villafranca Garcés.
El 1 de enero de 1929, se reune la Junta en casa de Primitivo Alfaro, siendo Alcalde Rafael Alfaro Indurain.
Sociedad “ La Esperanza”. (Escritura sacada del original).
Pliego de condiciones para la adquisición de tierras de las Corralizas del Arvejal, Prado Lobera, Cabras y Corral bajo, sitas en jurisdicción de Carcastillo:
Se abre un plazo improrrogable de ocho días, durante los cuales podrán inscribirse todos los vecinos de esta villa, que deseen adquirir participación en dichos terrenos, entendiéndose que, una vez inscritos, quedan estrechamente obligados al exacto cumplimiento de las condiciones que siguen:
1º: Conforme en la participación de dichos terrenos e inscrito su nombre en la lista, deberá efectuar un depósito de la suma de cien pesetas dentro del plazo de ocho días, contados desde la fecha de publicación del bando para realizar la inscripción, advirtiéndose que dichas cien pesetas se computarán, de efectuarse la adquisición, como parte de abono del precio de venta, y, si no se verificara, perderá dicha señal o arras, según lo dispuesto en el vigente Código Civil.
2º: Todo aquel que se hubiere inscrito y no constituya el depósito establecido en la condición anterior, dentro del plazo en la misma fijado, se entenderá renuncia a su beneficio, y se le excluirá en absoluto, sin que pueda alegar derecho alguno, en su pretensión que se señale participación en dichas corralizas.
3º: Al constituirse el depósito de arras o señal dicho en la condición 1ª, se le entregará al depositante un resguardo, que deberá ser justificante del derecho que adquiere y presentará al otorgarse las escrituras correspondientes.
4º:Cerrado el plazo de inscripción de socios para la adquisición de terrenos, deberá procederse a la constitución de la sociedad en documento fehaciente, con obligación mancomunada y solidariamente de garantir las atenciones y responsabilidades de la misma, nombrándose la junta de Gobierno o socios gestores, que tendrá la representación legal de la misma y ejecutará los acuerdos.
5º: Constituida la sociedad dicha en la cláusula anterior, se efectuará la medición de terrenos y, hecho esto, se partirá en un número de parcelas igual al del número de socios, con toda la equidad posible, distribuyéndose luego dichas porciones entre los asociados mediante sorteo, por acta notarial, para garantir la mayor legalidad del acto, debiendo cada cual conformarse con la porción que la suerte le adjudique, sin ulterior recurso.
6º: Realizada dicha adjudicación por sorteo de la cláusula precedente, se le otorgarán por los Apoderados, a cada adquirente la procedente escritura de venta, siendo de cargo de los compradores los gastos de la misma, pues la misión de la Junta en este extremo, se reducirá a poner corriente la titulación e insignación de los títulos.
7º: El precio de venta se realizará en tantos plazos anuales, iguales como número de robadas adquieran, y abonados por completo se les otorgará el procedente finiquito y cancelación de hipoteca de cargo de los adquirentes.
8º: Adquiridas las parcelas y mientras dure la responsabilidad y no se obtenga la cancelación fijada en la cláusula anterior, no podrá venderlas el adjudicatario sin notificación y recibo de la Junta que deberá presentarse al Sr. Notario autorizante, en el que se determinará la subrogación de la deuda, en el estado que se halle.
9º: Dichas parcelas nunca podrán venderse mientras la tramitación, según la condición anterior, ni tampoco en plena posesión hipotecaria, sino a los socios o herederos de los mismos, teniendo presente siempre las responsabilidades que mancomunadamente han adquirido.
10: El arriendo y aprovechamiento de las yerbas de dichas Corralizas, quedan exclusivamente a cargo y competencia de la Junta, bajo las condiciones que oportunamente se darán a conocer.
11: La falta de cumplimiento de cualquiera de las condiciones anteriores podrá exigirse ante los tribunales de justicia, siendo los gastos judiciales con indemnización de daños y perjuicios de cargo del infractor.
12: Se cumplirá en todo lo demás los requisitos y condiciones fijadas en las leyes vigentes.
13: Serán excluidos de tomar parte en dichos terrenos los vecinos foranos que no lleven seis años de residencia en esta, y previa oja Catastral.
Carcastillo a 5 de febrero del año 1909.
Por la Junta, Serapio Alfaro.
La Junta Gestora, propietaria de las Corralizas sitas en esta Jurisdicción, hace saber:
Se abre un plazo improrrogable de ocho días, durante el que podrán inscribirse todos los vecinos de esta villa, que deseen participación en dichos terrenos. Se excluirán de tomar parte a los vecinos foranos que no lleven de residencia seis años y previa oja Catastral.
De todo lo antedicho, así como del pliego de condiciones, queda encargado Inocente Peralta, en cuya casa se harán las inscripciones.
Carcastillo a 5 de Septiembre de 1909.
Por la Junta, Serapio Alfaro.
( A continuación, viene la firma de los asociados).
SOCIEDAD” Casino Español”: (1911-1913). Alcalde, Manuel Alfaro.
Copia literal del Acta de la Constitución: 2 de Enero de 1912.
2-2-1908:
- Reunidos los socios, se acuerda, “ constituir una sociedad de recreo, titulada,” Casino Español”, sin ninguna ostentación pública, en la casa donde vive D. Nemesio Inza, en la calle de “La Plaza”, de esta localidad, para obtener la aprobación del reglamento y demás documentos necesarios del Gobernador Civil de la Provincia”. Secretario Tesorero, Saturnino Lacabe Barrena.
Presidente: Ceferino Miqueleiz.
Vicepresidente: Manuel Alfaro.
Vocales: Isidro Iturralde, Javier Ezpeleta.
Cajero: Ignacio Esténoz.
Secretario: Gabriel Ibáñez.
Nota: Hay una comunicación de disolución de la Sociedad, con fecha de 13-11-1913, comunicada al Gobernador Civil, por el Presidente de la Sociedad, en esta fecha, Ramón Sánchez.
CIRCULO LIBERAL CONSERVADOR:
- Centro de reunión y recreo.
- Su objeto: a), facilitar las relaciones entre los individuos que lo componen.
b), contribuir a su educación política.
c), sujeción absoluta a lo establecido por la ley.
Para ingresar como socio se requiere:
1) No pertenecer a partido político que no sea el Conservador.
2) Ser presentado por dos socios y admitido por la Junta Directiva.
3) Satisfacer la cuota establecida.
El socio que incurriere en infracción grave del Reglamento y el que faltase a las leyes del honor y del decoro, comprometiendo el buen nombre de la Sociedad, será expulsado por la Junta Directiva, no siendo admitido su nuevo ingreso.
La cuota mensual de los socios: 1 peseta.
La Junta Directiva tendrá a su cargo el orden interior, el régimen económico de la Sociedad, la organización de veladas, conferencias y actos de propaganda política conservadora, poniéndose, para esto, en contacto con la polític provincial, de acuerdo con el comité Liberal Conservador, que, adscrito a este Círculo, se crea en la localidad.
Artículo 33: No se permitirá la entrada en el local a persona que no sea socio. A personas de fuera, siempre que no vayan acompañadas de un socio, guardando siempre compostura y respeto a los señores socios y a las ideas políticas por ellos sustentadas. En caso contrario serán expulsadas del local.
Domicilio Social: Calle de “ La Plaza”,nº43, y en el domicilio de D. Nemesio Inza.
4-12-1913: Firman por la Sociedad, José Gay, Javier Ezpeleta, Tomás Irigoyen,Gabriel Ibáñez, Remigio Irigoyen, Segundo Sarrías, Manuel Alfaro, Ugolino Urrutia.
“ Con motivo de la Fiesta de Carnaval, ha acordado este centro celebrar durante los días , 10, 11 y 12 de los corrientes, y desde las 21 horas a las dos de la madrugada, bailes familiares de máscaras, y, por ello, solicitan del Gobernador Civil, el permiso necesario, según la ley de Asociaciones”. (5-2-1918). El Sº, José Gay.
El Gobernador dio el permiso correspondiente.
SOCIEDAD DE RECREO: “La Amistad”. (Caja 37679/8). A.G.N.8 Asociaciones).
Solicitud en Carcastillo, a 5-4-1916.
Firman Modesto Lecumberri, Santiago Alfaro, Nicolás Martínez y Tomás Mugueta.
Domicilio: En una de las habitaciones de la casa de D. Evaristo Miqueleiz, sita en la calla Mayor, nº 16, siendo el conserje,D. Ignacio Miqueleiz, hijo del mismo.
Cuota de entrada al socio: 5 ptas.
Cuota mensual: Una pta.
Características:
- Sociedad meramente recreativa.
- Sin discusiones políticas ni religiosas.
- No se permitirán blasfemias contra Dios y los Santos, contra la Virgen, o expresiones que hieran los oídos de personas delicadas.
- No se podrá jugar a juegos prohibidos por la ley.
La Sociedad permanecerá abierta por la noche, en todo tiempo, hasta las doce.
El acta de la sesión inaugural tuvo lugar el 21-4-1916, con el siguiente orden del día:
- Lectura y aprobación del Reglamento.
- Nombramiento de la Junta Directiva:
- Presidente: Nicolás Martínez.
- Vicepresidente: Santiago Alfaro.
- Vocales: Gregorio Crespan, Félix Urzáiz, Modesto Lecumberri.
- Tesorero: Gregorio García.
- Secretario: Toribio Mugueta.
Viene la relación de beneficios: Año 1919: 168’75 ptas.
Año1920: 145’85 ptas.
La Junta Directiva, a 20 de febrero de 1921, la componían:
Presidente: Anastasio Sarrías.
Vicepresidente: Angel Alfaro.
Tesorero: Valeriano Valencia.
Secretario: Ramón Brun.
Vocales: Fileto Gallego, Félix Urzáiz, Eusebio Colás.
“SOCIEDAD RECREATIVA AGRÍCOLA”
Domicilio: Calle del Horno, nº1. Piso 1º.
Es ajena esta sociedad a todo fin político o religioso.
El casino estará abierto hasta las 12 de la noche.
Cuota mensual: 0´25 pta.
Nota: “ Todos los fondos que sean de los socios, al disolverse la sociedad, ingresarán en el Santo Hospital de la Villa”.
Acta de Constitución: 19 de abril de 1920.
Junta Directiva:
Presidente: D. Abdón Zábal.
Vicepresidente: Baldomero Garde Sánchez.
Tesorero: Antonio Echegoyen.
Secretario: Florencio Lou.
Vocales: Eulalio Ayúcar y Evaristo Roncal.
Existe, en lo referente a esta Sociedad, una carta del entonces Alcalde de Carcastillo, Diómedes Iturralde, con fecha 22 de mayo de 1920, en la que comunica al Gobernador Civil, sus sospechas de que esta Sociedad sea un tapujo( pura fórmula), para “ burlar a los agentes de mi autoridad y poder estar en los locales, después de la hora fijada en las Ordenanzas Municipales para el cierre de la Taberna”.( El Domicilio de la Sociedad era, antes de constituirse esta, “Café Público).
La contestación del Gobernador Civil fue que:” Se aprobó esta Sociedad, según la Ley de Asociaciones de 1887, y, caso de que sus sospechas tengan fundamento, se lo comunique al Gobierno”. ( Fecha, 4-6-1920).
CASINO “ LICEO AGRICOLA”-( Caja, 37679/9, A.G.N.).
Objetivo: Recreo y entretenimiento.
Veladas teatrales.
Ajena a todo fin político.
Casino abierto, todos los días, hasta la 1 de la mañana, y, si hay veladas a las dos.
Cuota mensual: 0’50 ptas.
Los miembros de la Junta directiva deberán ser mayores de 25 años.
Domicilio: Calle Mayor, nº 15 (bis). Fecha: 29-6-1919.
Firman la solicitud: Presidente: Salustiano Sánchez.
Tesorero: Justiniano Martínez.
Secretario: Francisco Amadón.
Vocales: Abundio Malón y Pedro Labari.
Sociedad asentada en el Gobierno Civil, el 1 de Julio de 1919.
MUTUALIDAD ESCOLAR, “Sdo. Corazón de Jesús”. (A.G.N.), Caja 37679-11.
Solicitud de Mariano Lucea y Agustín Arbeloa.
Domicilio: Carretera Nacional.- Carretera nº 36.
Reglamento presentado por duplicado en el Gobierno Civil-31-12-1920.
Acta de constitución: 16-1-1921.
Fundadores: D. Mariano Lucea y D. Agustín Arbeloa.
Cargos:
Presidente: D. Germán Donézar.
Secretario: D. Mariano Lucea.
Tesorero: Maximiano Iturralde.
Contador: D. Victos Cavero.
Vocales: D. Vicente Garde, Dª Josefa Elso y D. Dimas Asensio.
Alumnos adjuntos.( Según la ley de Mutualidad Escolar).
Presidente: Guillermo Alfaro.
Secretario: Pedro Crespán.
Tesorero: Juan José Goyena.
Contador: Teodoro Orta.
Vocales: Joaquina Iturralde, Eugenis Garde y Angeles Urrutia.
Beneficios:
Año 1921: 6585’35ptas. Año 1923: 2987’90 ptas.
Año 1922: 4682’60 ptas. Año 1924: 2122’45 ptas.
“CENTRO OBRERO AGRICOLA”
Solicitud de Robustiano Repáraz al Gobierno Civil en 5-1-1921.
Domicilio: Calle Carretera sin nº, al final.
Presentada, por duplicado, en el Gobierno Civil en 8-1-1921.
Principios y finalidades de la Sociedad:
- Bienestar moral y material de sus asociados.
- Instruir y educar a los socios.
- Hacerles saber sus obligaciones y derechos.
- Defender sus intereses.
- Poner coto a los vicios perjudiciales para la salud y la
economía.
- Estimular el cariño mutuo entre la clase productora.
- Sobreponer el bien común, social o público, al interés particular de cada uno.
- Ejercer la beneficiencia entre los asociados y entre los trabajadores.
- Crear escuelas diurnas y nocturnas, de artes y oficios, y cuanto sea necesario para la mayor cultura de los socios.
- Elevar un edificio social, donde pueda funcionar, salón de recreo, , bodegas, cooperativa de artículos de primera necesidad, depósito de Maquinaria agrícola, abonos, semillas, plantas, y cuanto se crea de interés social.
- Construir casas modelos para los asociados, especialmente para los agricultores
Finalidades: “Estar siempre a la cabeza con las corrientes evolutivas de los tiempos, en lo que se refiere a las ciencias, artes y oficios, con sus adelantos más modernos, adaptándonos, en cuanto nos sea posible, al ambiente social y económico, y, al engrandecimiento de esta sociedad”.
Nota: No hay más documentación, respecto a nombres de junta Directiva etc
SOCIEDAD: “ CASINO DE LA UNION MERCANTIL”.
SOCIEDAD: “ CASINO DE LA UNION MERCANTIL”.
Sociedad recreativa.
Ajena a todo fin político.
Domicilio: Entresuelo de la casa nº 9, de la calle de la Iglesia. (23-10-1923).
Presentado, por duplicado, en el Gobierno Civil, con fecha de 6-10-1923.
Acta de la constitución de la Sociedad. ( 8-12-1923).
Junta Directiva:
Presidente: Julián Valdemoros.
Vicepresidente: Vicente Garde.
Secretario: Celedonio Ramírez.
Vocales: Olimpio Mugueta y Tomás Forné.
Año 1930: Renovación de la Junta:
Presidente: Olimpio Mugueta.
Secretario: Matías Martínez.
Vocales: Longinos Echauz, Nemesio Ruiz, Tomás Irigoyen, Argimiro León.
SOCIEDAD: “CASINO INDEPENDIENTE”.
Domicilio: Calle de la Plaza, nº 43 ( Hijos de Nemesio Inza).
Cuota de socio: 1pta. al mes.
Fin: Recreativo.
Sin polémicas políticas ni religiosas.
Prohibido el juego ilegal.
Horario: Todos los días hasta las doce de la noche, excepto en fiestas de la villa , que permanecerá abierto hasta que los socios se retiren.
Reglamento de la Sociedad: Se constituyó el 8-1-1923.
Presentado, por duplicado, en el Gobierno Civil, el 30-6-1923.
Socios Fundadores: Máximo Luis, Salustiano Lacabe, Justo Sopeña, Luis Saldías, y Dionisio Roncal.
La Junta se constituyó el 14-1-1923:
Presidente: Ignacio Malón.
Vicepresidente: Saturnino Lacabe.
Secretario: Máximo Luis.
Tesorero: Arturo Senosiain.
Vocales: Justo Sopeña, S. Lacabe, Luis Saldías y Dionisio Roncal.
Sociedad de baile.” EL FOX-TROT”. (A.G.N.) Caja 37679/15.
Domicilio: Calle Mayor, nº15.
Características:
Moralidad.
Decencia.
Respeto y consideración debidos al pudor de la mujer honrada y cristiana.
Cuota mensual: 5 ptas.
Nº de socios: 25.
En caso de disolución de la Sociedad, los fondos existentes serán para el Hospital Municipal.
Cada socio podrá llevar al salón los forasteros que vayan con él.
No podrá admitirse en el salón chica alguna de conducta pública discutible.
Se prohibe la blasfemia.
Se hablará en voz baja para que pueda escucharse la música.
No habrá relevo mientras el pianista no dé la señal.
Nadie podrá acercarse al piano.
Ni bailando, ni mientras el descanso, se cometerán brutalidades, como empujones, correr, saltar… ( Marzo de 1924). Presentado en el Gobierno Civil el 7 de abril de 1924.
JUNTA DIRECTIVA:
Presidente: Manuel Fajardo.
Vicepresidente: Joaquín Alonso.
Tesorero: Constantino Pérez.
Vocales: Anastasio Garde y Fermín Mugueta.
Nota: Con fecha, 12 de Febrero de 1930, contesta el Alcalde de la Villa a una carta del Gobernador Civil,: “He de manifestarle que la Sociedad,”EL FOX-TROT”, no funciona en este municipio, pues, aunque se hubiera constituido, seguramente desapareció pronto”.
El Alcalde, Ugolino Urrutia.
SOCIEDAD “NUEVO CASINO”. ( A.G.N.). Caja 37679/16.
Sociedad recreativa. Sin discusiones políticas ni religiosas.
Domicilio: Calle Mayor. Casa de Evaristo Miqueleiz.
Cuota de entrada: 15ptas.
Cuota Mensual:1pta.
Permanecerá abierto, todos los días, hasta las 12 de la noche.
Contiene balances a partir de 1919 hasta 1924.
De 1919 hasta 1925: Presidentes: D. Miguel Urrutia, D. Teófilo Aguerri,D.Salustiano Irigoyen, D. Maximiano Esténoz, D. Juan Jiménez, D. Gaspar Martínez, .
Vicepresidentes: Angel Ruiz, Silverio de Miguel, Eulogio Esténoz, Vicente Santacara, Gregorio Alfaro, Emeterio Celayeta.
Secretario- Tesorero: Vicente Garde, Maximiano Iturralde, Victor Cavero.
Acta de Constitución: 31-3-1925.
SOCIEDAD: “Unión Comercial”.( A.G.N.). Caja: 87679/17.
Se constituyen en sociedad todos los comerciantes que, dedicándose al comercio, se hallen establecidos en esta plaza y acepten los estatutos.
Fin: Defensa de los intereses generales de los asociados.
Fomento de los vínculos de solidaridad y compañerismo entre ellos.
Domicilio Social: Calle de la Plaza, nº 8, piso 1º.
Cuota Mensual: 1pta.
Condiciones:
- Queda prohibido tratar, dentro de ella, de asuntos políticos y religiosos, ya que se trata de una Sociedad esencialmente comercial.
- Para pertenecer a esta Sociedad es preciso tener establecimiento abierto en esta villa y figurar inscrito en el catastro Municipal.
Socios Fundadores: Vicente Garde y Nemesio Ruiz.
Reglamento presentado en el Gobierno Civil el 18-6-1927.
Nota: en 12-2-1930, según el entonces Alcalde Ugolino Urrutia, no funcionaba esta Sociedad en Carcastillo.
“CLUB DEPORTIVO RIBEREÑO” ( A.G.N.). Caja 37679/18.
24-9-1928: Solicitud de Matías Martínez Pérez, de 28 años de edad, labrador y vecino de Carcastillo, para constituir una sociedad, con objeto de fomentar y propagar el deporte, llamada “ Deportivo Ribereño de Carcastillo”.
En esta solicitud, se adjunta el Reglamento,( por duplicado, al gobernador Civil, con fecha de 30-10-1928. Consta de 24 artículos. ( Archivo General de Navarra. Caja citada anteriormente).
Domicilio: Calle de la Iglesia, nº 3.
Campo de deportes: En el término de “ Larrate”.
Nota Importante: Con fecha, 12 de febrero de 1930, el Alcalde ejerciente, D. Ugolino Urrutia, en contestación al Gobierno Civil, manifiesta que, en este Municipio, no funciona hace ya algún tiempo la Sociedad “Club Deportivo Ribereño”.
Algunas aclaraciones al respecto.
SOCIEDAD DE BAILE” LA ALEGRIA”. A.G.N.Caja: 37679/19.
Solicitud al Sr. Gobernador Civil para constituir una sociedad de baile, con el correspondiente reglamento, con fecha 13-11-1929.
Firmas de los mozos: Melchor Les Viloche, Marcelino Abendaño Echauz, Inocente Zoco Ugarte, Teodulo de Miguel Zoco, Juan Villafranca Garcés, Rufino Roncal Lanas, Pedro Linés Reguería, Melchor Miqueleiz Barrena, Eulogio Pérez Fadrique, Marino Alfaro Barrena, Cipriano Pérz Remón, Nicolás Iguaz, Zunzarren, Francisco Pérez Fadrique, Silvano Hernández, Matías Martínez Pérez, Pedro Labari Díaz, Francisco Oncea, Leoncio Salvo, León Sola.
Domicilio: Calle del Rosario, nº 5, una de las habitaciones de la casa de Modesto Igal, siendo conserje el mismo dueño de la casa.
El período de constitución de la Socieda, ya finalizó el 6-11-1923.
Los nuevos socios pagarán, de cuota de entrada, 5ptas.
Cuota mensual: 1pta.
Reunión puramente recreativa, por ello no se permitirán discusiones políticas ni religiosas, ni blasfemias, ni expresiones que hieran los oídos de personas delicadas.
Permanecerá abierta hasta las doce de la noche.
Caso de disolución: repartición entre los socios.
Mientras el baile se guardará silencio absoluto.
Se permitirá el relevo de parejas. ( 13-11-1929).
Nota: Con fecha de 31 de agosto de 1929, se comunica al Gobernador Civil que el domicilio de esta Sociedad se traslada a la calle de la Plaza s/nº, siendo presidente Luís Pérez.
Art. 14: “ Durante el tiempo que dure la ejecución de una pieza por los músicos, no podrá haber más que un relevo”.
Art. 22: Las horas en las cuales han de celebrarse los bailes deberán ser las siguientes: de las 4 de la tarde a las 7’30, y, de las 8’30 de la tarde a las 12 de la noche.
Reglamento, presentado por duplicado, en 1-5-1929.
10 de Mayo de 1929: Junta Directiva:
Presidente: Melchor Les Viloche.
Vicepresidente: Nemesio Valencia.
Secretario-Tesor.: Angel Pla.
Vocales: Santos Martínez y Luís Mugueta.
SOCIEDAD DE BAILE: “ La Marea”. (A.G.N.). Caja: 37679/20
Solicitud de Francisco Alfaro Ibáñez, soltero y vecino de la villa, al Gobernador Civil, para constituir una Sociedad de baile, que se titulará “La Marea”, con domicilio en la calle de la Oliva, nº 1, con fecha 23 del 5 de 1929.
Presentado el Reglamento de esta sociedad el 25-5-1929.
Acta de Constitución: 4-6-1929.
Junta Directiva: Presidente: Francisco Alfaro Ibáñez.
Vicepresidente: Martín Alfaro.
Vocales: Antero Alfaro y Francisco Recalde
Secretario tesorero: Nicolás Ruiz.
Firman el acta: Francisco Alfaro Ibáñez, Nicolás Ruiz, Martín Alfaro, Antero Alfaro, Francisco Alfaro, Ceferino Miqueleiz, Antonio Miqueleiz, Jesús Celayeta, Daniel Ezpeleta, José Martínez, Juanito Larramendi, Mauro Abendaño, Juan Ezpeleta, Eduardo arbiol, Manuel Orta, Evencio Martínez, Máximo Ibáñez, , Félix Alfaro, José Garde, Celestino Ezpeleta, Eradio Ezpeleta.
SOCIEDAD: “La selección”. (A.G.N.). Caja: 37679/21.
Solicitud al Gobernador Civil, con fecha de 27-4-1929. Firma Eulogio Pérez Fadrique.
Objeto: “Entretenerse y divertirse los jóvenes los domingos, días festivos y algún laborable que no se pueda trabajar, por causa del tiempo.. o por algún acontecimiento especial”.
Fin: Celebrar bailes en los días indicados, siempre dentro de la máxima corrección y honestidad.
Art. 20. En cuanto a los hombres, serán admitidos cuando tuvieren por conveniente concurrir, siendo solteros, y desde los 16 años en adelante, siempre que se presenten con el aseo, decoro y decencia que corresponde a su clase.
Art. 22: También serán suspendidos los bailes los días de Semana Santa.
Art. 23: Horas de Baile: De 4’30 a 7’30 horas, por la tarde y de 8 a 10’30, por la noche, en los meses de Enero, Febrero, Marzo, Abril, Octubre, Noviembre y diciembre.
De 5 a 7’30, por la tarde y de 8’30 a 12’30, por la noche, en los meses restantes.
Domicilio: Encasa de D. Justino Pérez.
Presentado el Reglamento, por duplicado, en el gobierno Civil el 4-5-1929.
Copia del Acta de constitución.
Junta Directiva: Presidente: Eulogio Pérez.
Vicepresidente: Celedonio Oneca.
Vocales: Jacinto Larramendi, Augusto Barrena, Félix Fraile.
Secretario: Celso Sanz.
Sociedad de Baile, “Los Pájaros”. ( A.G.N.). Caja 373679/22.
Sociedad de Baile, “Los Pájaros”. ( A.G.N.). Caja 373679/22.
Solicitud al Gobernador Civil, con fecha, 8 de enero de 1830, firmada por Marino Alfaro, para constituir esta sociedad.
Domicilio: Calle de la iglesia, nº 16, propiedad de Franciscco Garde.
Presentado el reglamento en el Gobierno Civil, con fecha de 15-1-1930.
Acta de constitución: 22-1-1930.
Junta Directiva:
Presidente: Pedro Labari.
Vicepresidente: José Martínez.
Vocales: Pedro Linés, Marino Alfaro, francisco Pérez.
Secretario-Tesorero: Cándido Irigoyen.
Sociedad Casino,” El Porvenir Social”. ( A.G.N.). Caja 373679/23.
Solicitud de Justino Pérez Aguerri, casado, vecino y labrador de la Villa, al Gobernador Civil, para constituir una sociedad –Casino, llamada “ el Porvenir Social”, con fecha 4-2-1930.
Adjunta Reglamento.
Art. 1: Denominación.
Art. 2: Objeto: “ Proporcionar a loa socios una agradable reunión, juegos permitidos por la ley y demás distracciones de lícito y decoroso entretenimiento”.
Art. 3: Ajeno a todo fin político.
Art. 10: Cuota Mensual: 1pta.
Domicilio: Calle Mayor nº 9, piso 1º.
Anotado en el Gobierno Civil, por duplicado, en 5-2-1930.
Acta de Constitución: 26-2-1930.
Junta Directiva:
Presidente. Teodoro Puyol Alfaro.
Vice-presidente: Maximiano García Hierro.
Vocal: Joaquín Ibáñez Peco.
Tesorero: Julián Huesca Martínez.
Secretario: Santiago Lacosta Alfaro.
PARTIDO REPUBLICANO AGRARIO. ( A.G.N.). Caja: 37679/24.
Solicitud firmada por Ignacio Esténoz t Fileto Gallego al Gobernador Civil, pidiendo la constitución de esta Sociedad , con fecha 17 de abril de 1831.
Reglamento:
Art. 1º: Fin: Defender las ideas republicanas.
Hacer que prospere la República Española.
Procurar, dentro de ella, cuantas mejoras sean posibles para la agricultura.
Art. 6º: Para ser socio, se requiere:
1- Que manifieste que es republicano.
2- Haber cumplido 20 años.
3- Poseer ligeras nociones de la vida republicana y ventajas del Régimen sobre todos los demás.
4- Estar el nombre del propuesto, al menos 24 horas, en la Tablilla de Anuncios.
5- Ser presentado por dos socios de número al Comité, manifestando por escrito la edad, profesión, naturaleza, nombre y domicilio, y si ha estado afiliado a otra agrupación republicana.
ACTA DE CONSTITUCIÓN: 30-4-1931.
JUNTA DIRECTIVA:
Presidente: Ignacio Esténoz, Eraso.
Vicepresidente: Primitivo Alfaro Esténoz.
Tesorero: Maximiano Esténoz Díaz.
Contador: Matías Martínez Pérez.
Secretario: Fileto Gallego Sola.
Vicesecretario: Heradio Ezpeleta Esparza.
Vocales: Paulino Garde Martínez, Adolfo Alfaro Lorón
Saturnino Miqueleiz Garde, Casimiro Celayeta Roncal.
PARTIDO REPUBLICANO RADICAL SOCIALISTA
Solicitud de Argimiro León para la constitución de este partido en Carcastillo, con fecha 28-8-1931.
FIN: Unión de todos los Republicanos para conseguir la realización de nuestros ideales, con una propaganda sana y activa, celebrando, a tal objeto, mítines, conferencias, veladas..
PARA SER SOCIO: Que manifieste que es Republicano.
Cuota Mensual: 0’50 ptas.
Domicilio: Calle Mayor. ( Tiene Biblioteca).
Aprobados los Estatutos en 11-4-1931. En el Gobierno, el 27-8-1931.
Acta de Constitución. 26-12-1931.
Presidente: Argimiro León.
Vicepresidente. Julio Sopeña.
Secretario: Marino Ruiz.
Tesorero: Abilio Hernández.
Vocales: Jesús Orio, Celedonio Rámirez, Emiliano Oneca, Teodoro Navaz.
En 15-1-1933: Renovación de la Junta Directiva:
Presidente: Nemesio Ruiz.
Vicepresidente: Ignacio Malón.
Secretario: Marino Ruiz.
Tesorero: Abilio Hernández.
Contador: Miguel Goicoechea.
Vocales: Tomás Irigoyen, Joaquín Saldías, Teodoro Navaz, Fidencio Rámirez.
( A.G.N.). Caja: 37679/25.
CIRCULO TRADICIONALISTA ( A.G.N. Caja 37679/26.
Solicitud de D. Desiderio Martínez para constituir esta Sociedad al Gobernador Civil, con fecha 18-5-1933.
“ Identificados con la política que sustenta la Comunión católico-monárquica, bajo el Lema: “ Dios-Patria, Monarquía Tradicional Española”.
Domicilio: Calle de la Plaza, nº 16.
Requisitos para ser socio: Pertenecer a la Comunión Católico Monárquica.
No expresar opiniones contrarias a los principios sustentados por la Comunión tradicionalista.
Presentado el Reglamento en el Gobierno Civil, el 8 de mayo de 1933.
Acta de constitución que la preside D. Francisco Alfaro Zoco.
Junta Directiva:
Presidente: Desiderio Martínez.
Vicepresidente: Salustiano Mendi.
Secretario: Tomás Sánchez.
Firman: Agustín Arbeloa, Heradio Urrutia, Teófanes Garde, Olimpio Mugueta, Francisco Alfaro, Teodulo de Miguel, Salustiano Mendi, Pablo Abendaño, Jesús Alfaro, Guillermo Alfaro, José Martínez Alfaro, Francisco Alfaro Ibáñez, Cándido Irigoyen. Santiago Gil, F. Valdemoros, Sergio Gurpegui, Evencio Martínez.
AGRUPACION SOCIALISTA: (A.G.N.). Caja: 37679/27
Solicitud de Miguel Escobar, Secretario de la Federación Socialista de Navarra, al Gobierno Civil, para la aprobación de los Estatutos que han de regir esta Sociedad. ( Agrupación Socialista). 3-2-1933.
Acta de Constitución: 14-2-1933.
Junta Directiva:
Presidente: Cecilio García Alonso.
Vicepresidente: Julio Huesca Martínez.
Tesorero: Saturnino Lacabe Barrena.
Secretario: Justo Sopeña Martínez.
Vicesecretario: Cándido Terés Martínez.
Vocales: José Santos Gracia, Benito Aguerri Legarre, Pascasio Arbiol Cáseda.
FIN: Defender y propagar las ideas socialistas.
Para ser Socio, es preciso estar conformes con el programa del Partido Socialista Obrero.
Cuota: Todos los afiliados, excepto los parados, enfermos y ausentes, pagarán mensualmente una cuota de 0’50 céntimos.
Nota: “ Ningun socialista podrá tomar parte, bajo ningún pretexto, , en actos públicos, con elementos ajenos al Partido, sin previa autorización del Comité de la Agrupación a la que pertenezca”.
Aprobado el Reglamento el 31-1-1933.
Aprobado en el Gobierno Civil el 3-2-1933.
ASOCIACION EUSKO-ETXEA.( A.G.N.). Caja 37679/ 28.
Solicitus de D. José Luís G. de Isasmendi y D. Gabriel Ezpeleta Larcuén al G. Civil, con fecha 6-9-1933, para la constitución de la Sociedad, “ Eusko-Etxea” en Carcastillo.
Domicilio: Calle Mayor, nº 14.
FIN: “ Reunir bajo la Bandera de “ Jaungoikoa eta lege zarra, ( Dios y Fueros), a los afiliados al Partido Nacionalista Vasco, que pidan su inclusión”.
Se organizará la sociedad para esparcimiento de los socios, se darán conferencias y mítines, se harán giras, se apoyará en las elecciones a los candidatos elegidos por la asociación y se actuará en todo, a tenor de tales ideales.
Cuota Mensual: No menos de 0’50 céntimos.
Obligación de los Socios: “ Aceptar y seguir, en política, los acuerdos de la Junta y las orientaciones del Partido Nacionalista Vasco”.
En caso de disolución, los bienes se entregarán al “ Napar Buru Batzarra”.
Presentado en el Gobierno Civil el 11-9-1933.
Acta de Constitución: 21-9-1933, bajo la presidencia de D.Gabriel Ezpeleta Larcuén y Secretario, D. Guillermo Pérez Remón.
Junta Directiva:
Presidente: Francisco Pérez Fadrique.
Vicepresidente: Jesús Pérez Aguas.
Secretario: Jesús Aguas Alfaro.
Tesorero: Luís Viloche Esténoz.
Vocal: Félix Aguas Olcoz.
CENTRO AGRARIO DE UNION NAVARRA. (A.G.N.). Caja 37679/29.
Solicitud al G. Civil, por psrte de Melchor Les y Matías Martínez, con fecha 4-2-1934, para constituir esta sociedad.
Reglamento:
Es una sociedad política instructiva.
Afiliada al partido de derechas, “Unión Navarra”, fundado en Pamplona.
Fin: “ Laborar por el imperio de los principios de la civilización cristiana en la gobernación del estado de la provincia y del Municipioy defender los intereses morales y materiales de Navarra”.
Art. 10: “ Como Sociedad política instructiva, procurará difundir entre sus afiliados la instrucción necesaria y la cultura política que nuestra organización reclama, y, al mismo tiempo, cuando su estado económico se lo permita, fundará escuelas de adultos, cuya enseñanza será gratuita”.
Podrá crear una sección, dedicada a facilitar a sus afiliados , semillas, abonos y préstamos en metálico, mediante un módico interés.
Junta Directiva:
Presidente: Melchor Les.
Vicepresidente: Matías Martínez.
Secretario: Fileto Gallego.
Tesorero: Martín Alfaro.
Vocales: Primitivo Alfaro, Félix Alfaro, Gregorio Alfaro y Francisco Urrutia.
Comunicado al G. Civil el 27-2-1934.
SOCIEDAD JUVENTUD SOCIALISTA. ( A.G.N.). Caja 37679/30.
Solicitud para constituir esta sociedad, con fecha 11-1-1934 de Nicolás Ruiz y Crescencio Santos al G. Civil.
Junta Directiva:
Presidente: Nicolás Ruiz.
Secretario: Crescencio Santos.
Tesorero: Eduardo Arbiol.
Vocales: Joaquín Gironés y Victorino Irigoyen.
Finalidad. Seguir las directrices del Partido Socialista Español.
Cuota mensual: 2 ptas.
AGRUPACION IZQUIERDA REPUBLICANA. ( A.G.N.). Caja 37679/31.
Agrupación Filial del Partido Nacional de Izquierda Republicana.
Solicitud de Justo Sopeña y Francisco Valdemoros al Gobernador Civil, con fecha de 20-6-1934, para constituir esta asociación.
Entidad local de carácter político, con arreglo a las normas generales que determina la organización nacional del Partido.( Presentado en el Gobierno Civil el 22-6-1934).
Junta Directiva: 26-9-1934.
Presidente: Justo Sopeña.
Vicepresidente: Fidencio Ramírez.
Vocales: Julián Valdemoros, Pascasio Arbiol, Celedonio Ramírez, Ignacio Malón, Máximo Valdemoros.
Tesorero: Abilio Hernández.
PARTIDO REPUBLICANO RADICAL: ( A.G.N.). Caja. 37679/32
Reglamento Presentado en 28-1-1934.
Domicilio: Casa de Teófilo Ruete, en la calle de la Carretera.
FIN: “ Orientar y dirigir la propaganda política en el territorio con jurisdicción , con arreglo al programa, ideario del partido. Sostener las relaciones políticas con el Partido en la provincia y elección de candidatos en el término municipal.”.
Firman: José Pascual, Ignacio Esténoz, Javier Ezpeleta, Victor Garde, Conrado Gabari, Dámaso Villajandre, Casimiro Celayeta, Teófilo Ruete.
Presentado en el Gobierno Civil 10-2-1934.
Radio Comunista de Carcastillo: ( A.G.N.). Caja 37679/33.
Fin: Luchar políticamente por la total emancipación de los Trabajadores.
Establecimiento de un régimen de igualdad social.
Los socios están obligados a pertenecer al Sindicato de su profesión.
Dirigida por un Comité de radio.
Cuota: 0’50 cms. Por afiliado.
Domicilio: Calle Nueva, nº 9. Fecha: 19-3-1936.
FALANGE ESPAÑOLA Y DE LAS JONS.: (A.G.N.). Caja: 37679/34
Solicitud con fecha 9-2-1937, de Gil Alda, Ramón Brun y Eladio Irisarri aal Gobernador Civil, para constituir esta sociedad .
17-2-1937: Los Estatutos presentados son los de la Falange Española y de las JONS.
Domicilio: Carcastillo, en la calle de la Carretera.
Acta de Constitución: 26-3-1937.
Junta Directiva:
Jefe Local : Gil Alda Escolano.
Secretario: Jesús Barrena Larramendi.
Tesorero: Ramón Brun Teus.
Jefe de Milicias: Manuel Orta Gabari.
CASINO ESPAÑOL:
Solicitud de Eradio Ezpeleta Esparza al G.Civil, con fecha 3-1-1939, para fundar esta Sociedad.
Domicilio: Calle de la Iglesia, nº ..
Fin: Recreativo.
Requisitos: Pertenecer a la FET y a las JONS..
Presentado en el G.Civil en 14-1-1939.
No viene la Junta.
NUEVO CASINO: Aprobada por el Gobierno Civil en 4-3-1943.
Junta Directiva:
Presidente: Alejandro Adrián. Fines: Cultural y Recreativo.
Vicepresidente: Tomás Sánchez. Domicilio: Calle, “La Plaza”,nº16.
Vocal. Luís Pérez. Cuota Mensual: 5 ptas.
Tesorero: Julio Prieto.
Secretario: Desiderio Martínez.
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